viernes, 12 de septiembre de 2014

Ante una internación involuntaria ¿qué podemos hacer?

Compañer@s usuari@s de los Servicios de Salud Mental
Ante una internación involuntaria,
¿Qué podemos hacer?
¿Cuáles son nuestros derechos?

Todos y todas tenemos derecho a:

A un abogado defensor gratuito
A que la internación sea lo más breve posible
A que no te saquen tu DNI ni tus objetos personales
Al acceso a la comunicación y poder hablar con quien vos decidas
A decidir junto a tu médico qué tratamiento seguir
A tu historia Clínica
A condiciones de internación dignas
A ser acompañado por tus familiares o quien vos decidas
A que respeten tus Decisiones Anticipadas




Un abogado defensor…¿ para qué?

El Ministerio Público de la Defensa proporciona a través de la Unidad de Letrados Art. 22 Ley 26.657 un abogado defensor en cumplimiento con la Ley de Salud Mental Nº 26.657.

El abogado debe garantizar a las personas el goce de sus derechos mientras dure la internación, la inmediatez en la cobertura del servicio mediante el contacto rápido y directo con la situación, materializando el derecho a ser oído y el acceso a la justicia. Puede oponerse a las internaciones, solicitar la externación, controlar las actuaciones e impulsar que las internaciones sean lo más breves posibles.


Su teléfono: 4-342-5823/94/38. Fax 4-342-5823. Bartolomé Mitre 648, 7º piso “A”, C.A.BA. Mail letrados-saludmental@mpd.gov.ar


Porque no queremos NADA SOBRE NOSOTR@S SIN NOSOTR@S

Por la dignidad del riesgo a transitar la vida con todos sus peligros



APUSSAM– Asamblea Permanente de Usuari@s de los Servicios de Salud Mental
Para más información: asambleausm@gmail.com o www.asambleadeusuariosdesaludmental.blogspot.com

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